Redacción Aire Digital
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) profundizó el cepo cambiario esta tarde y decidió establecer en US$ 50 el monto máximo por operación que podrán otorgar las entidades financieras como adelantos en efectivo a tarjetas en el exterior.
Mediante la comunicación “A” 6823, la autoridad monetaria determinó también que bancos y emisoras de tarjetas locales “deberán contar con la conformidad previa del Banco Central para realizar pagos al exterior por el uso de tarjetas de crédito, débito o prepagas emitidas en el país a partir del primero de noviembre inclusive”.
Se trata de una norma que regirá para operaciones vinculadas con la participación en juegos de azar y apuestas, y la transferencia de fondos a cuentas de inversión en administradores de inversiones radicados el exterior.
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En concreto, a partir de ahora habrá que pedir autorización para realizar las siguientes operaciones en el exterior con tarjetas de crédito:
a) la participación en juegos de azar y apuestas de distinto tipo y/o,
b) la transferencia de fondos a cuentas en Proveedores de Servicios de Pago y/o,
c) la transferencia de fondos a cuentas de inversión en administradores de inversiones radicados el exterior y/o,
d) la realización de operaciones cambiarias en el exterior y/o,
e) la adquisición de criptoactivos en sus distintas modalidades.
Por otro lado, estableció “en US$ 50 el monto máximo por operación que podrán otorgar las entidades financieras y otras emisoras de tarjetas de crédito locales como adelantos en efectivo a los tarjetahabientes en el exterior”.
Accedé a la la comunicación “A” 6823
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